SOCIEDAD ESPAÑOLA NATUROPATA DE COACHING

Desde esta plataforma haremos llegar la filosofía del coaching de un modo sencillo y accesible a todos aquellos que deseen prepararse como coach profesional y a los que busquen desarrollar sus propias habilidades desde un punto de vista positivo y de crecimiento.

El coaching nos ayuda a realizar cambios de forma rápida y consciente, siendo nosotros mismos los responsables del avance.

La base primordial del coach…..Asertividad. Es aquel estilo de comunicación abierto a las opiniones ajenas, dándoles la misma importancia que a las propias. Parte del respeto hacia los demás y hacia uno mismo, aceptando que la postura de los demás no tiene por qué coincidir con la propia y evitando los conflictos sin por ello dejar de expresar lo que se quiere de forma directa, abierta y honesta.

e-mail.senacoaching@gmail.com

Temas



Enlaces

Archivos

 

Se muestran los artículos pertenecientes a Julio de 2008.

QUE ES EL COACHING

20080726215549-boli.jpg

 

 

 

Procede del término inglés to coach, entrenar. En el entorno empresarial y personal se conoce por coaching al proceso interactivo y transparente mediante el cual el coach o entrenador y la persona o grupo implicados en dicho proceso buscan el camino más eficaz para alcanzar los objetivos fijados usando sus propios recursos y habilidades.

 

26/07/2008 21:55 Autor: S.COACHING. #. Tema: COACH No hay comentarios. Comentar.

Estatutos

 

Estatutos de la Sociedad Española Naturopática de Coaching

TÍTULO I - DENOMINACIÓN

CAPÍTULO I. CONSTITUCIÓN Y FINES DE LA ASOCIACIÓN

Artículo 1º.

Se constituye la asociación denominada “Sociedad Española Naturopática de Coaching” según lo recogido en la Ley Orgánica 1/2002 y al amparo de lo dispuesto en el Art. 22 de la Constitución, con ámbito de actividades extendido a todo el territorio español y que se regulará por los presentes estatutos y la legislación vigente.

 

Artículo 2º.

La Asociación, que carece de ánimo de lucro, se constituye por tiempo indefinido, tiene personalidad jurídica propia y capacidad plena para administrar y disponer de sus bienes en cumplimiento de sus fines.

 

Artículo 3º.

El domicilio social y sede de la Sociedad Española Naturopática de Coaching radica en .........................Ribera del Berbés 35, entresuelo izquierda, 36202 vigo..........quedando facultada su Junta Directiva para trasladarlo cuando convenga.

 

Artículo 4º.

Esta Sociedad de Naturopatía tendrá por objeto fomentar y defender dentro de su ámbito todo lo relacionado con el Coaching en aspectos deontológico, ético y social así como su dignidad, prestigio cultural, científico y de investigación. Los fines que esta Sociedad de Naturopatía propone dentro de un régimen de libertad, autonomía, representatividad y participación de sus socios, son los siguientes:

a.      Identificar un cuerpo específico de conocimientos en Coaching.

b.     Agrupar a todos los profesionales de Naturopatía que desarrollan su labor en las áreas de Coaching entendiendo como tales a los, Técnicos, Graduados, Expertos y Master en Naturopatía que dispongan de la pertinente acreditación profesional.

c.      Promover e impulsar las actividades necesarias para perfeccionar y ampliar sus conocimientos organizando cursos, jornadas, congresos, etc.

d.     Promover y desarrollar el Coaching como especialidad con entidad propia dentro de

 

27/07/2008 15:41 Autor: S.COACHING. #. Tema: ESTATUTOS No hay comentarios. Comentar.

FENACO

SENAC, está bajo la supervisión de FENACO, Federación Española de Profesionales en Naturopatía, cumpliendo así una demanda, apoyando al desarrollo personal desde todos los ámbitos.

Institución fundada en 1984

La Federación Española de Profesionales en Naturopatía (FENACO) es la corporación surgida y consolidada para defender los intereses colectivos de la profesión naturopática y, a la vez, velar por la práctica de la Naturopatía y ofrecer un servicio de calidad a la sociedad a la cual el Naturópata se debe.

Consciente de su papel en el desarrollo de la profesión naturopática, FENACO, ha querido reafirmar su posición institucional manteniendose al lado del Naturópata en su evolución profesional y personal. Con esta voluntad, en los últimos años, ha multiplicado los recursos de la institución y ha diversificado sus actuaciones con este ánimo de servicio corporativo. En esta línea se enmarcan el servicio de responsabilidad civil, el asesoramiento jurídico, fiscal y laboral, y los diferentes servicios profesionales como la organización de Reuniones Científicas (Congresos, Symposium, Jornadas...), la celebración del Día Nacional de la Naturopatía, Habilitación de Diplomas y Certificaciones....

Pero a pesar de reforzar este corporativismo, nunca FENACO ha estado más inmerso en la sociedad de la cual forma parte. Es consciente de que los Naturópatas proporcionan cuidados, métodos y procedimientos naturales de la salud en una sociedad cada vez más dinámica.

A pesar de que la pertenencia a FENACO no es obligatoria para todos los Naturópatas que ejercen la práctica de la Naturopatía en todo el territorio de España, FENACO se ha encargado de actualizar el censo profesional y de velar por la buena praxis y la independencia de criterio naturopático en el ejercicio profesional de acuerdo con las legalidad vigente.

FENACO es una institución de Derecho Común fundada en 1984 de carácter profesional y de estructura y funcionamiento democrático, que se rige por sus propios Estatutos - IMAC , Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales , BOE nº 127 de 28/05/1984 - de acuerdo con la Ley 19/1997 de 1/04/1977, los números 2 y 3 del articulo 22 de la Constitución; y cuantas disposiciones legales le sean de aplicación.

Su objetivo fundamental es la representación y defensa de los intereses de todos los profesionales que trabajan con Métodos Naturales de Salud - Actuales y Tradicionales - cuya denominación internacional es la de Naturópata y que ejerzan en el ámbito territorial del Estado Español. Además velar por la práctica de la Naturopatía y garantizar un servicio de calidad a la sociedad a la que el Naturópata se debe.

Desde su fundación en 1984, FENACO ha desarrollado una serie de acciones concretas encaminadas a conseguir tales fines. BIENVENIDOS

www.FENACO.NET

27/07/2008 15:48 Autor: S.COACHING. #. Tema: FENACO No hay comentarios. Comentar.

ADVERTENCIA LEGAL


 

La Federación Española de Profesionales en Naturopatía FENACO, pone en conocimiento de los usuarios que esta página WEB, y los contenidos en ella existentes, son de carácter eminentemente informativo y general.
La Federación Española de Profesionales en Naturopatía FENACO
, no se responsabiliza del uso personal o incorrecto que el usuario haga de los contenidos existentes para adoptar decisiones.
La Federación Española de Profesionales en Naturopatía FENACO
, advierte que el uso de los links asociados a esta página, no pertenecen a esta Corporación, sin que tenga responsabilidad en cuanto a manipulaciones o alteraciones efectuadas por terceros ajenos a esta Corporación. El usuario se obliga igualmente a observar las leyes y uso del tráfico, respondiendo ante La Federación Española de Profesionales en Naturopatía FENACO o frente a terceros de los daños y perjuicios que pudiese originar por incumplimientos de uso por parte del usuario.

Privacidad

Los datos aportados por el interesado se utilizarán, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en el procedimiento o actuación que se trate.
En ningún caso los referidos datos serán objeto de tratamiento o de cesión a terceros, si no es con el consentimiento inequívoco del afectado, o en los supuestos previstos en los artículos 6.2 y 11.2 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (B.O.E. nº 298, de 14 de diciembre de 1999).
En cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley Orgánica 15/1999, el cedente de los datos podrá, en cualquier momento, ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en la forma que reglamentariamente se determine.

27/07/2008 17:45 Autor: S.COACHING. #. Tema: Advertencia General No hay comentarios. Comentar.

La Formación Continuada está recogida en el Estatuto General de la Naturopatía en:
Art.25º. Deber de perfeccionamiento: (1) El Naturópata debe cuidar constantemente, por mantener en un alto nivel, sus conocimientos teóricos y prácticos (Art.II-7 del Juramento del Naturópata). (2) El Naturópata esta obligado a un continuo perfeccionamiento profesional. El perfeccionamiento debe ser demostrado. Las Organizaciones Profesionales están, según sus estatutos, obligadas a ofrecer sesiones de perfeccionamiento especializados. El Naturópata tiene la obligación de participar en ellos. (3) La participación en las sesiones u otros actos de perfeccionamiento debe ser acompañada por comprobantes, que hay que conservar y, cuando así procediera, demostrar cuando se exija legalmente. (4) Los comprobantes de perfeccionamiento sólo serán reconocidos si han sido emitidos por una Organización Profesional federada o por persona física o jurídica autorizadas por la Federación. Para la autorización de estas personas, físicas o jurídicas, se han de aplicar criterios muy rigurosos.

FENACO convoca las siguientes actividades formativas dirigidas a los Colegiados FENACO, con el objeto de mejorar sus competencias y cualificaciones así como su actualización y especialización profesional.

27/07/2008 17:55 Autor: S.COACHING. #. Tema: FORMACION CONTINUA No hay comentarios. Comentar.

Articulos en la Red Interesantes

La gestión basada en el control da paso a la gestión basada en el coaching

Un profesor de la BI Norwegian School of Management da las claves para ser un “coaching manager”


Morten Emil Berg, que es profesor de la BI Norwegian School of Management, sostiene que el directivo que basaba su gestión en el control está dando paso al que la basa en el coaching. De esta manera, las empresas (y sus directivos) ya no están ahí para ganar dinero, sino también para que sus trabajadores se realicen. El punto de partida, según Berg, es que cada trabajador se conozca a él mismo y sepa qué camino seguir. Sin esto, será imposible conseguir que cada cual se responsabilice y se autogestione. El nuevo directivo tiene que tener la visión y hacer lo posible para que esto sea así. La teoría de Berg se fundamente en ideas inspiradas en pensadores como Sócrates o Aristóteles. Por Raúl Morales.



La gestión basada en el control da paso a la gestión basada en el coaching
Según el profesor de la BI Norwegian School of Management, Morten Emil Berg, el “nuevo” directivo se distingue por actuar como un coach (entrenador). Este profesor mantiene que la idea del directivo que incluye el coaching en su política de gestión no es que sea mágica, pero sí sistematiza el sentido común. El nuevo directivo apoya y reta a sus colegas para que sean capaces de gestionarse por sí mismos.

El nuevo directivo (al que llama “coaching manager”) debe encontrar su propio camino y confiar en él mismo, aunque también debe estar abierto a paradojas, objeciones y dilemas. Este es el concepto que quiere manejar este profesor, que refleja, según él, ideas inspiradas en pensadores como Sócrates, Aristóteles, Rousseau o Kierkegaard.

Según informa la BI Norwegian School of Management en un comunicado, partiendo de ahí, ha desarrollado una serie de herramientas prácticas para llegar a ser un “coaching manager”.

En primer lugar recomienda que el directivo reúna al grupo de personas que están bajo su responsabilidad en talleres de trabajo de dos días. Los participantes trabajan en pequeños proyectos en grupos de 6 a 9 personas. El objetivo, dice Berg, es crear redes y generar espíritu de equipo. La mayor parte del tiempo de este “ejercicio” se usa para que los participantes puedan jugar un papel basado en objetivos y oportunidades reales.

El directivo trabaja en grupo de tres durante el tiempo que sus subordinados están jugando un papel concreto. Así, uno desempeñaría el papel de “problema a resolver”, el segundo es el “coach”, encargado de hacer preguntas y de sugerir una determinada acción. El tercero en discordia en este ejercicio desempeñaría el papel de “abogado del diablo”. De esta manera, los participantes aprenden unos de otros, resuelven problemas concretos y crean cultura de empresa.

Es necesario poner en común los resultados alcanzados por cada unidad de negocio, así como las visiones de futuro y qué aspectos deberían mejorarse. Además, los participantes deben ser animados a encontrar su propio camino, en definitiva a ser ellos mismo. Deben tener el control de sus propias vidas.

Confianza

El “coaching manager” emana la creencia y la confianza en la habilidad de conseguir cualquier objetivo si la gente se ayuda entre sí. Esto genera optimismo y entusiasmo, dice Berg.

En este sentido, es importante trabajar en habilidades concretas y, lo que es más importante todavía, en el núcleo de valores que gobiernan las acciones de cada individuo. Los valores centrales incluirían: altruismo egoísta, creer en el futuro, autodisciplina e inteligencia emocional. Los individuos son animados a estar al tanto de sus valores y a ver cómo éstos afectan a su modo de pensar y actuar.

Según Berg, no basta con tener grandes ambiciones para crear valor en la organización. Los empleados deben sentir su lugar de trabajo como un lugar donde se pueden desarrollar y aprender a vivir una vida plena.

Además, tienen que experimentar el éxito y la recompensa en el propio trabajo. La recompensa puede ser una buena experiencia de equipo o tener tiempo suficiente para su desarrollo.

Los directivos no deben tratar de controlar lo incontrolable, sostiene Berg. En última instancia, es cada individuo quien decide y piensa cómo actuar. Y ese es el camino: los empleados tienen que ser dirigidos para gestionarse solos. Digamos que deben tener competencias sobre su propia gestión.

La autoestima juega un papel importante. Los trabajadores muchas veces arruinan sus posibilidades con pensamientos y comentarios negativos sobre ellos mismos. A este respecto, para que alguien se gestione bien tiene que hacerse, en un momento dado, la siguiente pregunta: “¿Me estoy diciendo la verdad o sólo me convenzo de que esa es la verdad?”.

El “coaching manager” juega aquí un papel clave, ya que los trabajadores necesitan ser ayudados por personas que les animen en las cuestiones centrales. El objetivo es ser competente en lo que Berg llama “liderazgo cognitivo” o, en otras palabras, dirigir pensamientos. El nuevo directivo proporciona al empleado experiencias positivas para que éste pueda creer en sus habilidades.

Uno más

Pero el directivo tiene que ser, de alguna manera, uno más. Debe participar en el papel que está desempeñando como uno más. “Olvida” su posición y habla abiertamente de sus debilidades. En cualquier caso, es importante que se muestre confiado respecto al valor del riesgo. No teme las respuestas, incluso si estas no son positivas.

Finalmente, Berg sostiene que el liderazgo trata de equilibrar recursos limitados e intereses diferentes con decisiones acertadas. Esto quiere decir que, cuando se divide un pastel, todo el mundo debe sentir que le ha tocado el trozo más grande. Una de las cosas que distingue un buen directivo de uno malo es su forma de relacionar incompatibilidades, dilemas y paradojas.

Un ejemplo: a veces hay que tomar decisiones impopulares y al mismo tiempo mantener buenas relaciones con los empleados. “El liderazgo es situacional. Los directivos deben comprender cuando el coaching funciona y cuando no”, dice Berg.




Viernes 04 Julio 2008
Raúl Morales
27/07/2008 20:38 Autor: S.COACHING. #. Tema: ARTICULOS EN LA RED INTERESANTES No hay comentarios. Comentar.

CODIGO DEONTOLOGICO

20080727211642-boli.jpg

 

El Código Deontológico es el conjunto de normas referidas al comportamiento y actitudes del "COACH" en todos  los ámbitos de sus actuaciones profesionales.

 Este Código Deontológico recoge las normas básicas y elementales que tienen que regir las actitudes y comportamientos de los profesionales que trabajan en el ámbito de los Métodos Naturales y Procedimientos de Salud (Naturópatas), cuyo cometido no es simplemente para que sea cumplidos, sino además que sirva como uno de los soportes básicos de la Conciencia Corporativa.

El cumplimiento de las normas contenidas en este Código Deontológico conlleva un deber ser que va a fortalecer a nuestra profesión entre nosotros/as, que va a proyectar una imagen hacia la sociedad de nuestra profesionalidad y, ante la Administración y los demás colectivos de profesionales sanitarios, va a reflejar nuestras actitudes del buen hacer profesional.

Así pues, este Código Deontológico va más allá de su mero cumplimiento, sino que tiene un objetivo más profundo cual es la consolidación de la Naturopatía como área del saber humano dentro del marco de las Ciencias de la Salud y acrecentar la Conciencia Corporativa.

El Código deontológico de "SENAC", Está basado en la honestidad como profesionales y en las premisas principales de un buen "COACH"-

-Respeto a nuestro cliente. El sabe lo que necesita, nosotros le ayudaremos a fijar y cumplir objetivos

-No juzgar jamás, ASERTIVIDAD

-Involucración profesional no personal,

-Silencio profesional sobre nuestros clientes

 

La base primordial del coach…..Asertividad. Es aquel estilo de comunicación abierto a las opiniones ajenas, dándoles la misma importancia que a las propias. Parte del respeto hacia los demás y hacia uno mismo, aceptando que la postura de los demás no tiene por qué coincidir con la propia y evitando los conflictos sin por ello dejar de expresar lo que se quiere de forma directa, abierta y honesta.

 

El compendio de diferentes tipos de coaching que a lo largo del tiempo se ha ido creando, no hace más que ampliar una oferta de mercado demandada por profesionales de diferentes ramas, nosotros observaremos el coach en su etapa pura., el resto no es más que adaptaciones sectoriales., las cuales dentro de cada campo son inmensamente valiosas.

 

El Coaching no es más que la capacidad de observación de un coach- entrenador- estudiando los puntos fuertes y débiles de una persona, y así fomentar aquellos parámetros dónde puede alcanzar sus cotas de satisfacción personal/ profesional más altas.

 

 

Debemos escaparnos de ser Juzgadores o Maestros, nosotros somos meros lazarillos que observamos desde fuera, nuestro trabajo es enseñar a pescar no dar los peces.

 

 

Un coach tiene una premisa………. su moralidad, igual que un sociólogo el cual no debe juzgar si está sociedad está bien o mal, solo estudiar evolución y cambio, nosotros solo nos preocuparemos de los objetivos que esa persona desea alcanzar. Ya sea, rentabilidad empresarial, mejor relación personal entre los trabajadores de una empresa, autoestima, o mejorar la relación familiar con los hijos en casa.

 

 

Es muy importante distinguir en el coaching su vinculación de nacimiento como en el deporte , educado para ganar, el coaching no es una carrera de fondo para ser el mejor de la sociedad, ni potenciar la desmesurada necesidad social de ser los mejores, para eso claro que vale, pero en este caso es utilizar el coaching para aprender a dar lo mejor de nosotros mismos, sin presiones, sin luchas difíciles simplemente siguiendo un camino tranquilo y lógico de crecimiento y evolución personal, dónde lo más importante para nosotros es la satisfacción interior de nuestro grupo de trabajo.

ÍNDICE

PREAMBULO

1. Ámbito de aplicación

2. Los Principios Profesionales

3. Las Obligaciones Profesionales

4. Las Relaciones con la Corporación de los Naturópatas entre sí, con otras Profesiones Sanitarias y

con otras Instituciones

5. Secreto Profesional

6. Calidad de Atención al Cliente

7. La Economía

8. La Publicidad

9. Letreros de consulta y especificaciones suplementarias

10. Denominaciones Especiales

11. Deber de Perfeccionamiento

12. Ejercicio de la Naturopatía en las Instituciones

13. Garantías procesales

 

Ámbito de aplicación

Artículo 1

Las disposiciones del presente Código obligan a todos los Naturópatas inscritos en FENACO, sea cual

fuera la modalidad de su práctica (PNL, Pensamiento positivo, coaching, acupuntura, homeopatía, osteopatía, quiromasaje, kinesiologia,

flosacologia, yoga, trofología, herbología, etc). También serán de aplicación, para el resto de los

extranjeros que por convenios, tratados internacionales puedan ejercer ocasionalmente en España.

Artículo 2

Una de las responsabilidades prioritarias de FENACO es la ordenación, en su ámbito respectivo, de la

actividad profesional de los asociados, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido

a los derechos y dignidad de las personas.

Artículo 3

De conformidad con los dispuesto en el artículo anterior, será función primordial de FENACO el

favorecer y exigir el cumplimiento de los derechos deontológicos de la profesión, recogidos en el presente

código.

Artículo 4

Este CÓDIGO DEONTOLÓGICO de la profesión de Naturopatía nace para servir como norma de

conducta profesional, en el ejercicio de la Naturopatía en cualquiera de sus modalidades. FENACO lo

hace suyo y de acuerdo con sus normas juzgará el ejercicio de la profesión de los Asociados.

Artículo 5

La actividad del Naturópata se rige, ante todo, por los principios de convivencia y de legalidad

democráticamente establecidos en el Estado Español.

Artículo 6

En el ejercicio de su profesión el/la Naturópata asumirá las normas explícitas e implícitas, que rigen en el

entorno social en que actúa, considerándolas como elementos de la situación y valorando las

consecuencias que la conformidad o desviación respecto a ellas puedan tener en su práctica profesional.

Artículo 7

El/la Naturópata objetará toda clase de impedimentos o trabas a su independencia profesional y al

legítimo ejercicio de su profesión, dentro del marco de derechos y deberes que marca el presente Código.

Los Principios Profesionales

Artículo 8

El ejercicio de la Naturopatía se ordena a una finalidad humana, social y ecológica, que puede enunciarse

en objetivos tales como: la calidad de vida, el bienestar, la salud, la plenitud del desarrollo de las

personas y de los grupos sociales, en los distintas esferas de la vida individual, social y ecológica, la

cultura de la salud. Puesto que el/la Naturópata no es el único profesional que persigue estos objetivos

humanitarios y sociales, es conveniente y en algunos casos es precisa la colaboración interdisciplinar con

otros profesionales, sin perjuicio de las competencias y saber de cada uno de ellos.

La profesión de Naturópata se rige por principios comunes a toda deontología profesional: respeto a la

persona, protección de los derechos humanos, sentido de responsabilidad, honestidad, sinceridad para con

los clientes, prudencia en la aplicación de instrumentos y técnicas, competencia profesional, consistencia

de la fundamentación objetiva y científica de sus intervenciones profesionales.

Artículo 9

El Naturópata ejerce una profesión liberal. Cumple su función con conciencia, según el método

hipotético-deductivo-experimental de las Ciencias de la Salud, la filosofía naturista y el arte de la higiene

vital; y en base a la rica experiencia de la tradición naturopática.

Artículo 10

El Naturópata actuara ejerciendo su profesión, la enseñanza de la salud y de la Naturopatía, con la ética

mas acorde a la filosofía humanista-natural y universal, haciendo de su quehacer diario norma de

ejemplaridad para todo el mundo y para un mundo mejor. Ejerciendo su profesión, e igualmente en su

vida privada, debe mostrar un comportamiento digno según el gran deber moral de su profesión; y

descartar todo lo que pudiera ser perjudicial para la reputación de su profesión.

Artículo 11

La función profesional especifica de los Naturópatas va dirigida hacia todo aquel publico que por propia

convicción desee seguir Normas de Conducta Saludables, basada en los principios del respeto integrador

a la Naturaleza (Aplicación de los Agentes Naturales de Salud para alcanzar un Estado Optimo de Salud,

Educación para Armonizar al ser humano y la Sociedad con la Naturaleza, Técnicas de Elección de Estilo

de Vida Saludables en Armonía con la Naturaleza, Conducta relacionada con el respeto a la Naturaleza,

Conducta encaminada a utilizar los recursos, remedios y medidas higiénicas naturales para la autogestión

de la salud, Promocionar salustitamente el uso de elementos que racionalicen los recursos naturales).

Artículo 12

El Naturópata puede atender complementariamente a toda persona enferma siempre y cuando la misma se

halle previamente bajo un correcto diagnostico médico. El Programa Personal de Salud (PPS) se adaptara

como complemento y nunca sustituyendo a las normas establecidas por el profesional sanitario

correspondiente.

Artículo 13

El Naturópata no podrá ser discriminado profesionalmente a causa de sus convicciones o por otros

criterios ajenos a la ética y a la capacitación profesional.

Las Obligaciones Profesionales

Artículo 14

El Naturópata se compromete a ejercer su profesión a conciencia y a aplicar, siempre, a sus clientes los

Agentes Naturales de Salud, las Normas de Conductas Saludables y los Recursos Higiénicos, que, según

sus conocimientos, puedan conseguir de la forma más rápida, económica y sencilla el Estado Optimo de

Salud.

 

Artículo 15

El Naturópata debe ser consciente de los limites de su saber y conocimientos. Debe observar las

limitaciones que resultan de prohibiciones legales existentes en lo que se refiere a diagnósticos médicos,

recomendar medicamentos o tratamientos de dolencias o enfermedades, en particular. (Art. I-1, Art. II-2,

Art. III-3, del Juramento del Naturópata)

Artículo 16

El Naturópata se considerara siempre y en todo momento como un técnico con la categoría profesional

que le corresponda en tal materia. No debe permitir, bajo ningún concepto ni condicionamiento, el ser

considerado como médico ni como elemento practico de otras medicinas (Art. I-6, Art. II-4 y 5 del

Juramento del Naturópata).

Artículo 17

El ejercicio de la Naturopatía no deber ser mezclado, ni en la práctica, ni en su presentación pública, con

otros procedimientos y prácticas ajenos al fundamento epistemológico y metodológico de la Naturopatía.

Artículo 18

Sin perjuicio de la legítima diversidad de teorías, escuelas y métodos, el/la Naturópata no utilizará medios

o procedimientos que no se hallen suficientemente contrastados, dentro de los límites del conocimiento

científico vigente. En el caso de investigaciones para poner a prueba técnicas o instrumentos nuevos,

todavía no contrastados, lo hará saber así a sus clientes antes de su utilización.

Artículo 19

La Evaluación y la intervención naturopática se hará con delicadeza y consideración. Se procederá con

sumo tacto y prudencia.

Artículo 20

El Naturópata esta obligado a informarse de las disposiciones vigentes para el ejercicio de su profesión,

así como a observarlas.

Artículo 21

El Naturópata es libre en el ejercicio de su profesión, sin otras limitaciones que las impuestas por la ley y

por las normas de la moral y deontológicas. Puede rechazar una asistencia a un cliente, sobre todo cuando

este convencido que entre él y su cliente no existe la suficiente confianza. Esto no concierne al deber que

tiene de ayudar en casos de urgencia.

Las relaciones con la corporación, de los Naturópatas entre sí, con las profesiones sanitarias y con

otras instituciones

Artículo 22

El Naturópata como miembro de una organización se compromete a seguir la disciplina profesional. Se

comportara lealmente con todo colega, ya sea en publico o en privado; y no ejercerá criticas subjetivas

contra sus colegas profesionales ni contra su organización profesional.

 

Artículo 23

No serán aceptados clientes que ya estén atendiéndose con otro profesional, sin la petición expresa del

cliente o sin que éste informe de ello al Naturópata anterior. El/la Naturópata no se inmiscuirá en las

diversas intervenciones iniciadas por otros Naturópatas.

Artículo 24

Los Naturópatas deben tratarse entre sí con la debida deferencia, respeto y lealtad, sea cual fuera la

relación jerárquica que exista entre ellas. Tienen la obligación de defender al colega que es objeto de

ataques o denuncias injustas y compartirá sin ninguna reserva sus conocimientos científicos y

profesionales. Se abstendrá de hacer manifestaciones despectivas sobre la persona, forma de trabajo o los

conocimientos profesionales de un colega Naturópata.

Artículo 25

No supone faltar al deber de confraternidad el que un Naturópata comunique a la Organización

Profesional correspondiente, de forma objetiva y con la debida discreción, las infracciones a las reglas de

ética y competencia profesional de sus colegas.

Artículo 26

El ejercicio de la Naturopatía se basa en el derecho y en el deber de un respeto recíproco entre el/la

Naturopatía y otras profesiones, especialmente las de aquellos que están más cercanos en sus distintas

áreas de actividad.

Artículo 27

Sin perjuicio de la crítica científica que estime oportuna, en el ejercicio de la profesión, el/la Naturópata

no desacreditará a colegas u otros profesionales que trabajan con sus mismos o diferentes métodos, y

hablará con respeto de las escuelas y tipos de intervención que gozan de credibilidad científica y

profesional.

Artículo 28

Los Naturópatas veteranos de una Asociación Profesional federada deben prestar orientación, guía y

consejo desinteresado, de modo amplio y eficaz a los Naturópatas mas joven que lo soliciten. La negación

de este auxilio es una falta contra el compañerismo.

Artículo 29

Siempre que se crea necesario, el Naturópata tiene el derecho y el deber de pedir consejo a otro

Naturópata y a qué este no se lo niegue. Este consejo o consulta, será solicitado siempre que se vea

incapaz de proporcionar al cliente aquello que espera de él o cuando las circunstancias del caso puedan

significar un riesgo para su prestigio profesional.

Artículo 30

El Naturópata no debe realizar ninguna gestión para desplazar a un colega suyo o destituirle en cualquier

cargo profesional, quedando sin embargo a salvo su derecho a presentar, en forma reglamentaria,

proposiciones ante FENACO, que puedan tender a tal finalidad.

 

Artículo 31

Es imperativo para el Naturópata prestar su concurso personal al mejor éxito de FENACO. Los encargos

y comisiones que se le confíen deben ser aceptados, excusándose solo cuando pueda invocar causa

justificada.

Artículo 32

De manera especial debe el Naturópata guardar consideración y respeto a la Junta de Gobierno y a

cualquier órgano corporativo, y a cada uno de sus componentes, en cuanto, en el ámbito de sus

competencias, acuerden o ejecuten. Las reclamaciones, pretensiones y recursos contra ellos deberán

presentarse, en todo caso, en forma adecuada a tal consideración y respeto.

Artículo 33

El Naturópata procurara, por todos los medios al alcance, que sus derechos y los de sus compañeros sean

eficazmente tutelados, que se desarrollen y ejecuten los acuerdos adoptados y cuanto contribuya a

enaltecer la actividad corporativa.

Artículo 34

El Naturópata prestara cuanta ayuda y colaboración pueda a FENACO, colaborando en lo que resulte

posible a su mejor funcionamiento, sugiriendo aquellas acciones y proyectos que puedan convenir en cada

momento e informando de todo aquello que, de algún modo, pueda resultar lesivos a los interés

corporativos.

Artículo 35

Denunciara, en forma reglamentaria establecida y en el seno de FENACO, las incompatibilidades las

faltas de competencia ilícita o desleal y de disciplina de las que fuera conocedor, para que se remedien y

prevalezcan la mas absoluta normalidad en el desenvolvimiento de la vida profesional y corporativa,

contribuyendo con ello a que no se deteriore la imagen asociativa y a que se fortalezca la Corporación.

Artículo 36

Denunciara igualmente ante la FENACO, los agravios que sufra en el ejercicio profesional y los que

presencie que afecte a cualquier otro colega.

Artículo 37

El Naturópata se abstendrá de toda colaboración con quienes, de cualquier forma, sean infractores de las

normas estatutarias o reglamentarias y en especial de los detractores de FENACO, de sus directivos y de

los restantes órganos de la Federación.

Artículo 38

Los problemas profesionales habrán de ser siempre discutidos entre Naturópatas y el seno de las

instancias y normativa corporativa, pudiendo recurrir a otros medios cuando haya agotado esta vía.

Artículo 39

El Naturópata sea cual sea su situación jerárquica y profesional deberá comparecer a la citación que se le

haga desde el estamento corporativo.

Artículo 40

La Corporación tiene el deber de defender a los compañeros que se vean perjudicados a causa del

cumplimiento de sus principios éticos.

Artículo 41

La Corporación tiene el deber de velar por la buena calidad de enseñanza, de servir de interlocutor válido

ante la Administración Pública, y de propiciar en la opinión pública una Cultura de la Salud.

Artículo 42

La Corporación no solo ha de velar para que sean anulados todas las disposiciones legales de cualquier

orden que se opongan a estas normas deontológicas, sino también de aconsejar que sean protegidas por la

ley.

Artículo 43

La Corporación tendrá una misión de arbitraje en los conflictos de tipo naturopático que surjan con

ocasión del desarrollo de la actividad profesional.

Artículo 44

La Corporación tiene el deber de hacer saber a todos/as los/as Naturópatas, especialmente a los de nueva

incorporación estas normas deontológicas.

Secreto Profesional

Artículo 45

El secreto profesional del Naturópata es inherente al ejercicio de la profesión y se establece como un

derecho del cliente para su seguridad.

Artículo 46

En el ejercicio de su profesión, el/la Naturópata mostrará un respeto escrupuloso del derecho de su cliente

a la propia intimidad. Únicamente recabará la información estrictamente necesaria para el desempeño de

las tareas para las que ha sido requerido, y siempre con la autorización del cliente.

Artículo 47

El Naturópata se compromete a guardar silencio acerca de todo lo que se le ha expuesto por el cliente y se

le confiado en el ejercicio de su profesión.

Artículo 48

El Naturópata tiene el deber de exigir a sus colaboradores absoluta discreción y observancia del secreto

profesional. Ha de hacerles saber que ellos también están obligados a guardarlo.

Artículo 49

El Naturópata solo puede romper el secreto profesional si el cliente lo ha dispensado de ello.Cuando la

evaluación o intervención naturopática se produce a petición del propio sujeto de quien el/la Naturópata

obtiene información, ésta sólo puede comunicarse a terceras personas, con expresa autorización previa del

interesado y dentro de los límites de esta autorización.

Artículo 50

Con discreción, exclusivamente ante quien tenga que hacerlo y en sus justos restringidos limites, el

Naturópata revelara el secreto profesional en los siguientes casos:

a) Por imperativo legal. En dicho caso podrá pedir asesoramiento a la entidad responsable.

b) Cuando el Naturópata se vea injustamente perjudicado por causa del mantenimiento del secreto

profesional del cliente y éste sea el autor voluntario del perjuicio.

c) Si con el silencio se diera lugar a un perjuicio al propio cliente u otras personas, o un peligro

colectivo.

d) Cuando el Naturópata comparezca acusado ante su institución responsable en materia

disciplinaría. Sin embargo, tendrá derecho a no revelar las confidencias del cliente.

Artículo 51

Los informes naturopáticos realizados a petición de instituciones u organizaciones en general, estarán

sometidos al mismo deber y derecho general de confidencialidad antes establecido, quedando tanto el/la

Naturópata como la correspondiente instancia solicitante obligados a no darles difusión fuera del estricto

marco para el que fueron recabados.

Artículo 52

Las enumeraciones o listas de sujetos evaluados en los que deban constar los datos de la evaluación y que

se les requieran al Naturópata por otras instancias, a efectos de planificación, obtención de recursos u

otros, deberán realizarse omitiendo el nombre y datos de identificación del sujeto, siempre que no sean

estrictamente necesarios.

Artículo 53

Los sistemas de informatización no comprometerán el derecho del cliente a la intimidad.

Artículo 54

Ningún banco de datos personales de los clientes se conectará a una red informática de uso público o por

parte de profesionales no Naturópatas.

Artículo 55

En el caso de que el Presidente de una Asociación Profesional federada en FENACO, o quien

estatutariamente le sustituya, fuera avisado por la autoridad judicial, o en su caso gubernativa, competente

de la practica de un registro en el Consultorio profesional de un/a Naturópata, deberá personarse en dicho

Consultorio y asistir a las diligencias que en el mismo se practiquen velando por la salvaguarda del

secreto profesional.

Artículo 56

De la información profesionalmente adquirida no debe nunca el/la Naturópata servirse ni en beneficio

propio o de terceros, ni en perjuicio del interesado.

Artículo 57

La exposición oral, impresa, audiovisual u otra, de casos ilustrativos con fines didácticos o de

comunicación o divulgación científica, debe hacerse de modo que no sea posible la identificación de la

persona, grupo o institución de que se trata. En el caso de que el medio usado para tales exposiciones

conlleve la posibilidad de identificación del sujeto, será necesario su consentimiento previo explícito.

Artículo 58

Para la presencia, manifiesta o reservada de terceras personas, innecesarias para el acto profesional, tales

como alumnos en prácticas o profesionales en formación, se requiere el previo consentimiento del cliente.

Artículo 59

El fallecimiento del cliente, o su desaparición -en el caso de instituciones públicas o privadas- no exime al

Naturópata de las obligaciones del secreto profesional

Calidad de Atención

Artículo 60

Todos los clientes tienen derecho a una atención profesional humana y conforme a las reglas

profesionales de la Naturopatía.

Artículo 61

El Naturópata pone todos sus conocimientos y capacidades al servicio de su profesión con la mayor

escrupulosidad en el servicio a sus clientes.

Artículo 62

El / la Naturópata debe rechazar llevar a cabo la prestación de sus servicios cuando haya certeza de que

puedan ser mal utilizados o utilizados en contra de los legítimos intereses de las personas, los grupos, las

instituciones y las comunidades.

Artículo 63

Al hacerse cargo de una intervención sobre personas, grupos, instituciones o comunidades, el/la

Naturópata ofrecerá la información adecuada sobre las características esenciales de la relación

establecida, los problemas que está abordando, los objetivos que se propone y el método utilizado. En

caso de menores de edad o legalmente incapacitados, se hará saber a sus padres o tutores. En cualquier

caso, se evitará la manipulación de las personas y se tenderá hacia el logro de su desarrollo y autonomía.

Artículo 64

El/la Naturópata debe tener especial cuidado en no crear falsas expectativas que después sea incapaz de

satisfacer profesionalmente. El cliente debe ser informado sobre el estilo de vida que está llevando y sus

consecuencias que tiene sobre su salud y la de su entorno. Instruyéndole sobre las Normas de Conducta

que ha de seguir para alcanzar un Estado Optimo de Salud, indicándole los pasos a seguir en el PPS, así

como los procesos y reacciones que puedan surgir en su aplicación.

Artículo 65

Ante la sospecha de cualquier proceso patológico, deberá remitir a sus clientes a los profesionales

correspondientes para su correcto diagnostico y tratamiento. Si, después de informar al cliente de la

necesidad de utilizar los servicios médicos u otros servicios sanitarios, no lo aceptara, entonces puede ser

indispensable el rechazo del servicio naturopático; con vistas a que queden deslindadas las competencias

con otros profesionales. (Art. I-8 del Juramento del Naturópata).

Artículo 66

No está permitido ninguna promesa de "curación". Ni decir jamás "yo he curado", pero si está permitido

informar al cliente de que siguiendo el PPS va a aumentar su Calidad de Vida en todos sus ámbitos. A la

vez que decir que la instauración de una reforma en el estilo de vida ha favorecido que el cliente alcance

un Estado Optimo de Salud. (Art. II-2 del Juramento del Naturópata).

Artículo 67

Es responsabilidad del Naturópata mantener informado al cliente que requiere sus servicios, tanto en el

ejercicio libre de su profesión, como cuando ésta se ejerce en Centros de Naturopatía, Centros de Salud,

etc. empleando un lenguaje claro y adecuado a la capacidad de comprensión del mismo.

Artículo 68

De conformidad con lo anterior, el Naturópata deberá informar verazmente al cliente que requiera sus

servicios orientativos, dentro del límite de sus atribuciones profesionales y nunca de otras. Cuando el

contenido de esa información excede del nivel de su competencia, se remitirá al profesional que pueda

corresponder en su caso.

Artículo 69

El/la Naturópata debe dar por terminada su intervención y no prolongarla con ocultación o engaño tanto si

se han alcanzado los objetivos propuestos, como si tras un tiempo razonable aparece que, con los medios

o recursos a su disposición, es incapaz de alcanzarlos. En este caso indicará a la persona, grupo,

institución o comunidad qué otros Naturópatas o qué otros profesionales pueden hacerse cargo de la

intervención.

Artículo 70

El Naturópata no utilizará ni prescribirá nunca productos farmacéuticos de síntesis ni jamás aconsejara el

uso de remedios tóxicos. Tampoco utilizará los Agentes Naturales de Salud para curar una enfermedad o

suprimir un síntoma. Ni hará uso de ningún elemento que escape a su competencia profesional. En el uso

de su competencia recomendará productos de libre venta en Herbolarios.

Artículo 71

El Naturópata no podrá emitir certificaciones médicas. Solo podrá emitir informes del servicio prestado

con la validez que la legislación vigente le otorgue. Además podrá emitir informes periciales, u otro tipo

de informes técnicos, previa solicitud de la autoridad competente.

Artículo 72

Cuando el Naturópata acepte atender a un cliente se compromete a asegurarle la continuidad de sus

servicios, que podrá suspender si llegara al convencimiento de no existir hacia él la necesaria confianza.

Artículo 73

El / la Naturópata no se prestará a situaciones confusas en las que su papel y función sean equívocos o

ambiguos.

La Economía

Artículo 74

El ejercicio de la profesión de Naturópata nunca tendrá como fin el lucro.

Artículo 75

El ejercicio de la profesión de Naturópata es el medio de vida del Naturópata, quien tendrá derecho a ser

remunerado de acuerdo con la importancia del servicio prestado, su propia competencia y cualificación

profesional, circunstancias particulares eventuales y la situación económica del cliente.

Artículo 76

Los honorarios del Naturópata serán dignos pero nunca abusivos.

Artículo 77

Las reclamaciones y litigios sobre honorarios se someterán al arbitraje de la entidad rectora

correspondiente. Cualquier usuario de los servicios de Naturopatía podrá reclamar, además de ante las

organizaciones de Consumidores y Usuarios, en la entidad corporativa donde este asociado el Naturópata.

Artículo 78

FENACO podrá elaborar normas orientadoras con respecto a los honorarios mínimos por acto profesional

de acuerdo con la naturaleza, duración y otras características de cada acto de ejercicio de la Naturopatía.

Artículo 79

Será contrario al decoro de la profesión cuando un Naturópata se remitan clientes a cambio de

retribuciones.

Artículo 80

El/la Naturópata se abstendrá de aceptar condiciones de retribución económica que signifiquen

desvalorización de la profesión o competencia desleal.

Artículo 81

Sin embargo, el/la Naturópata puede excepcionalmente prestar servicios gratuitos de evaluación y de

intervención a clientes que, no pudiendo pagarlos, se hallan en manifiesta necesidad de ellos.

Artículo 82

En el ejercicio libre de la profesión el/la Naturópata informará previamente al cliente sobre la cuantía de

los honorarios por sus actos profesionales.

Artículo 83

La percepción de retribución y honorarios no está supeditada al éxito de un determinado resultado de la

práctica del Naturópata.

Artículo 84

El Naturópata no dejará que se le ofrezcan remuneraciones u otros privilegios por la recomendación de

productos herbodietéticos y afines u otros servicios.

Artículo 85

El Naturópata no podrá vender al cliente, sirviéndose de su condición de Naturópata, productos

herbodietéticos y afines, exceptuando el caso de circunstancias especiales.

Artículo 86

Es una tradición recomendable que el Naturópata asista gratuitamente al compañero y a las personas que,

directamente y económicamente dependan de él, así como también a la viuda o viudo y huérfanos

menores. En todos estos casos, podrá hacerse abonar los gastos ocasionados por el material empleado.

La Publicidad

Artículo 87

Cualquier acción publicitaria se ajustará a las condiciones de rigor profesional, honestidad y discreción

que el ejercicio exige y la FENACO reclama, así como a las normas legales vigentes.

Artículo 88

La publicidad ha de ser objetiva y veraz, de modo que no levante falsas esperanzas o propague conceptos

infundados.

Artículo 89

La publicidad de los servicios que ofrece el/la Naturópata se efectuará de modo escueto, especificando el

título que le acredita para el ejercicio profesional, y su condición de asociado, y en su caso las áreas de

trabajo o técnicas utilizadas. En ningún caso hará constar los honorarios, ni ninguna clase de garantías o

afirmaciones sobre su valía profesional, competencia o éxitos. En todo caso habrá una correcta

identificación profesional del anunciante.

Artículo 90

En la publicidad sobre los servicios del Naturópata no podrá constar alusiones a medicamentos,

tratamientos específicos de enfermedades, terapéuticas para enfermedades concretas, diagnósticos de

enfermedades, y cualquier otra alusión que de lugar a confusión con profesiones sanitarias, tanto a través

de publicidad escrita como oral, en publicidad directa o en medios de comunicación.

Artículo 91

La colaboración del Naturópata en publicaciones ilustrativas sobre salud, a través de prensa, radio o

televisión está permitida, siempre que ésta se limite a informaciones especializadas o divulgativas y nunca

con fines publicitarios.

Artículo 92

Como tal Naturópata puede tomar parte en campañas de asesoramiento e información a la población con

fines culturales, educativos, sanitarios, laborales u otros de reconocido sentido social.

Artículo 93

No permitir que se realicen y/o publiquen informes o reportajes fotográficos utilizando su nombre,

imagen o lugar de consulta.

Artículo 94

El/la Naturópata no ofrecerá su nombre, su prestigio o su imagen, como tal Naturópata, con fines

publicitarios de bienes de consumo, ni mucho menos para cualquier género de propaganda engañosa.

Artículo 95

En la empresa, publica o privada, donde trabaje el Naturópata, por cuenta ajena, no podrá hacer

publicidad directa de su consulta privada.

Artículo 96

Se prohíbe que los suplementos y complementos dietéticos y afines lleven la expresión: "recomendado

por..., Naturópata" o recomendado por los resultados obtenidos en...por el Naturópata..." y cualquier

denominación que de lugar a desprestigiar la dignidad profesional del Naturópata.

Artículo 97

El/la Naturópata que utilice seudónimo en su actividad profesional deberá declararlo a FENACO para su

correspondiente registro.

Letreros de consulta y especificaciones suplementarias

Artículo 98

Sin perjuicio de la responsabilidad penal que pueda suponer, constituye una grave violación de la

deontología profesional atribuirse en cualquier medio - anuncios, placas, tarjetas de visita, programas, etcuna

titulación que no se posee, así como también utilizar denominaciones y títulos ambiguos, que, aún sin

faltar de modo literal a la verdad, pueden fácilmente inducir a error o a confusión, e igualmente favorecer

la credulidad del público a propósito de técnicas o procedimientos de dudosa eficacia.

Artículo 99

El Naturópata indicará en el letrero de su consulta su nombre y la especificación profesional de

NATUROPATA. El letrero podrá contener las denominaciones permitidas en el presente Estatuto,

además de las horas de consulta, nº de teléfono, piso, así como la denominación de "Centro de

Naturopatía o Centro Naturopático" con el apelativo correspondiente. Se podrán incluir hasta tres técnicas

mas, siempre que el Naturópata tenga los conocimientos y la capacitación necesaria para ello. Los

procedimientos no podrán ser descritos con detalle.

Artículo 100

Queda prohibido poner en el letrero cualquier termino que aluda a Medicinas Alternativas, Medicina

Natural, Medicina Biológica, Técnicas Naturales, Medicina Holística, Terapias Naturales, Medicinas

Complementarias, Medicina de la Nueva Era, Técnicas Sanitarias Alternativas, Paramedicinas, Medicinas

Paralelas, Medicina Blanda, Terapias Energéticas, Terapias Biológicas, Medicina Energética, Terapias

Alternativas, Terapias Holísticas y cualquier termino que de lugar a confusión con las profesiones

sanitarias recogidas en el ordenamiento jurídico español.

Artículo 101

Lo recogido en el apartado anterior no quita para que el/la Naturópata pueda trabajar en equipos

interdisciplinarios de Ciencias de la Salud junto con otros profesionales de la salud. El apartado se refiere

a la actividad profesional del Naturópata y no a los equipos interdisciplinarios donde pueda trabajar.

Artículo 102

Para impresos (cartas, formularios etc) y sellos son válidos las normas dictadas en este articulo.

Artículo 103

El Naturópata sólo podrá inscribirse en registros e índices especiales (directorios, listas telefónicas, guías

de teléfonos) dentro de la categoría de inscripciones a efectos de la profesión.

Denominaciones Especiales

Artículo 104

El Naturópata renunciará a cualquier tipo de denominación que no este recogida en el ordenamiento

jurídico español o que, jurídicamente no pueda ser utilizada (Diplomado, Licenciado, Doctor), así como

las denominaciones que lo destaquen entre sus colegas de profesión. Tampoco podrá anteponer o

posponer términos filosóficos, religiosos, políticos, sanitarios o recreativos a la denominación de

Naturópata. Por ej. Naturópata ecologista, Naturópata naturista, Naturópata socialista, Naturópata

escritor, Naturópata alternativo, o Naturopatía holística, Naturopatía ortodoxa, Naturopatía biológica,

Medicina Naturopática.

Artículo 105

No pondrá, junto a la denominación de Naturópata, utilizar otras denominaciones de profesiones

sanitarias que estén regladas académicamente, como por ejemplo Naturópata psicólogo, o Naturópata

médico, o Naturópata podólogo... En todo caso la denominación Naturópata podrá ir seguida de otras

profesiones pero separadas por la "y copulativa". Por ej. Naturópata y Médico, Naturópata y Psicólogo..

Artículo 106

Sólo se utilizara grados académicos extranjeros cuando el Ministerio de Educación y Ciencia haya

otorgado el correspondiente permiso.

Artículo 107

Sólo se podrá mencionar el titulo académico o profesional que terminológicamente este autorizado por la

normativa vigente o las Directrices de la UE.

Deber de Perfeccionamiento

Artículo 108

Todo/a Naturópata, en el ejercicio de su profesión, procurará contribuir al progreso de la ciencia y de la

profesión naturopática, investigando en su disciplina, ateniéndose a las reglas y exigencias del trabajo

científico y comunicando su saber a estudiantes y otros profesionales según los usos científicos y/o a

través de la docencia.

Artículo 109

El Naturópata debe cuidar constantemente, por mantener en un alto nivel, sus conocimientos teóricos y

prácticos (Art.II-7 del Juramento del Naturópata).

Artículo 110

El Naturópata esta obligado a un continuo perfeccionamiento profesional. El perfeccionamiento debe ser

demostrado. FENACO está, según sus estatutos, obligado a ofrecer sesiones de perfeccionamiento

especializados. El Naturópata tiene la obligación de participar en ellos.

Ejercicio de la Naturopatía en las Instituciones

Artículo 111

Todo Naturópata está obligado a velar por el prestigio de la institución en la que trabaja. Y las

deficiencias que pueda haber han de ser puesta en conocimiento de la Corporación para ser cambiada por

otras mejores o mejoradas.

Artículo 112

El Naturópata no podrá ejercer su profesión, sea cual sea su modalidad, al servicio de una empresa, de

una colectividad, o de una institución pública o privada, sin una garantía que le asegure la posibilidad del

cumplimientos de las normas deontologicas.

Artículo 113

El Naturópata tampoco podrá ejercer en una institución que no le garantice la imposibilidad de sanciones

por razones profesionales sin consulta previa a la Corporación.

Garantías Procesales

Artículo 114

La Comisión Deontológica instituida por FENACO, cuidará de la interpretación y aplicación de este

Código. La Federación Española de Profesionales en Naturopatía – FENACO - asegurará la difusión de

este Código entre todos los profesionales y el conjunto de instituciones sociales. Procurarán asimismo que

los principios aquí expuestos sean objeto de estudio por todos los estudiantes de Naturopatía.

Artículo 115

Las infracciones de las normas del Código Deontológico en el Ejercicio de la Naturopatía deberán ser

denunciadas ante la Comisión Deontológica. El expediente deberá tramitarse bajo los principios de

audiencia, contradicción y reserva, concluyendo con una propuesta de resolución de la Comisión. La

Junta de Gobierno, oído al interesado, adoptará la resolución procedente, acordando el sobreseimiento o

la imposición de la sanción disciplinaria que estatutariamente corresponda.

Artículo 116

Las Federación Española de Profesionales en Naturopatía – FENACO -, garantiza la defensa de aquellos

asociados que se vean atacados o amenazados por el ejercicio de actos profesionales, legítimamente

realizados dentro del marco de derechos y deberes del presente Código, defendiendo en particular el

secreto profesional y la dignidad e independencia del Naturópata.

Artículo 117

La Federación Española de Profesionales en Naturopatía – FENACO - tratará de que las normas de este

Código Deontológico, que representan un compromiso formal de la profesión ante la sociedad española,

en la medida en que la sociedad misma las valore como esenciales para el ejercicio de una profesión de

alto significado humano, social y ecológico, pasen a formar parte del ordenamiento jurídico garantizado

por los Poderes públicos.

Artículo 118

Cuando un Naturópata se vea en el conflicto de normas adversas, incompatibles, ya legales, ya de este

Código Deontológico, que entran en colisión para un caso concreto, resolverá en conciencia, informando

a las distintas partes interesadas y a la Comisión Deontológica Colegial.

 

 

 

 

27/07/2008 21:27 Autor: S.COACHING. #. Tema: CODIGO DEONTOLOGICO No hay comentarios. Comentar.

ARTICULOS EN LA RED INTERESANTES

 

Autor. Joan Palomeras

Selfcoaching como abordar la vida de una forma creativa

“Vive cuanto puedas, no hacerlo sería un error. No importa a qué te dediques en particular, siempre y cuando dispongas de tu vida. Si no eres dueño de tu vida, ¿qué te queda?” - Henry James

Cómo abordar la vida de manera creativa

En nuestra metodología consideramos el dominio personal como una disciplina básica para abordar la vida de manera creativa. Con su expansión crearás los resultados que más te importan. Abordarás la vida como un artista aborda una obra de arte o un deportista de elite la preparación de un campeonato del mundo. Lo hacen consagrándose a un selfcoaching incesante, a un aprendizaje continuo.

Las personas con alto nivel de dominio personal expanden continuamente su aptitud para crear los resultados que buscan, su futuro deseado, sus objetivos prioritarios.

Lo extraordinario, aunque pocas personas lo tienen en cuenta, es que esta visión sólo depende de ti.
Tú tienes el poder de reivindicar, cambiar o ampliar tu visión y, por tanto, tu futuro deseado.
Estás en una encrucijada. Puedes olvidar tu pasado y transformarte en quién quieres convertirte.
Si decides actuar creativamente, pensar, sentir como la persona que quieres ser, podrás llegar a ser esa persona.

En lenguaje coloquial la palabra dominio sugiere la dominación de personas o cosas. Concepto que no tiene nada que ver con el significado que le damos nosotros.

Entendemos que dominio también tiene un sentido de nivel de habilidad, la de un maestro artesano, un artista, un deportista, que tiene un dominio especial sobre su actividad. Se manifiesta en el resultado de su trabajo sin que ejerza ninguna dominación sobre sus materiales, personas ni cosas.

El dominio propio es la disciplina básica del coaching creativo y, a la vez, expandir su nivel, es la finalidad del coaching contigo mismo o selfcoaching.

Conduce a una sensación de conectividad especial que produce una visión más amplia de la identidad y del futuro. Hemos comprobado que a medida que una persona adquiere un mayor nivel de dominio propio, entiende mejor los sistemas en que vive, y, a medida que comprende con mayor claridad las presiones operantes, desarrolla de manera natural más comprensión y empatía. Así como un artista llega a dominar un arte mediante un aprendizaje y práctica continua, tú también, con sesiones de coaching personal y, sobre todo con selfcoaching, expandirás permanentemente tu dominio propio.

Es un proceso de realimentación. Es una disciplina que se integra en la persona y puede durar toda la vida.

Las personas con alto nivel de dominio personal son muy conscientes de su ignorancia, de sus errores, su incompetencia, y, también, de sus zonas de crecimiento. Aunque parece una contradicción, sienten una gran confianza en sí mismas.

Las personas con alto nivel de dominio propio tienen un sentido especial de la visión, la transforman progresivamente en vocación. Ven la realidad actual como un aliado y no como un enemigo. Aprenden a percibir las fuerzas del cambio y a trabajar con ellas en vez de resistirse.
Consideran, con Peter F. Drucker, que el modo más eficaz para gobernar el cambio con éxito es crearlo. Lo ven como una oportunidad en lugar de una amenaza. Se sienten conectadas con otras personas y con la vida misma. Se sienten parte de un proceso creativo más amplio en el cual pueden influir sin controlarlo unilateralmente.

¿Cuál es la esencia del dominio personal?

Dos preguntas clave cuya respuesta constituyen la esencia del dominio personal:

  • ¿Sabes continuamente lo que es importante para ti?
  • ¿Tienes conciencia clara de tu realidad actual?



La primera pregunta es como un foco luminoso que te ayuda a clarificar lo que auténticamente te importa.

¿Cuántas veces has pasado el tiempo afrontando problemas que te crean una visión borrosa e imprecisa de lo que realmente quieres?

La segunda es otro foco que te ayuda a ver continuamente con mayor claridad tu realidad actual.

¿Cuántas veces te has atascado en relaciones contraproducentes insistiendo en fingir que todo iba bien?

Al dirigirte hacia un futuro deseado es indispensable que sepas dónde estás ahora.
La diferencia, la brecha, entre tu visión y una clara conciencia de tu realidad actual genera lo que denominamos tensión creativa.

La tensión creativa es la fuerza que nos impulsa a reducir la brecha entre visión y realidad actual.

Esta tensión creativa constituye la esencia del dominio personal si sabes aprender a generarla y sostenerla.

¿Qué significa visión personal?

La visión personal significa tu futuro deseado. Un destino concreto y específico, tus objetivos prioritarios.

La visión nace por dentro, aunque la mayoría de personas tienen poco sentido de su visión real. Hace unos meses le preguntaba a una chica argentina,

  • ¿Que era lo que más le importaba?
  • Contestó, que le aprobasen su normalización, los papeles para trabajar y residir en España.



Lo contestó rápida y con cierta inquietud, como si fuese una cosa que necesitaba indispensablemente.

Seguimos…

  • Habló de dudas sobre distintas posibilidades de trabajo que le permitiesen sobrevivir y prepararse para lo que realmente le importaba: grabar un disco de tangos con versión moderna, promocionarlo y venderlo en todo el mundo.
  • ¿Para cuándo?
  • Me gustaría hacer la presentación el próximo verano 2008 en Buenos Aires y Barcelona simultáneamente. Lo tendré todo preparado. Los ojos se le nublaron y le cayeron unas lágrimas. Esta vez su expresión no era de necesidad, tenía un significado profundo. Esta era su auténtica visión. Había costado llegar a ella. Nos habíamos detenido bastante tiempo en trabajos que no le interesaban y tenía dudas ante posibles relaciones contraproducentes. Había contestado sobre cosas de las que quería liberarse. Cosa que pasa con frecuencia.



La visión no puede comprenderse sin una idea de propósito. Propósito es similar a dirección, a vocación.

La visión es concreta.

El propósito abstracto.

El propósito de esta chica era ser cantante, autora y promotora de tangos en versión moderna. Su visión, tener un disco grabado el próximo año y presentarlo en verano simultáneamente en Buenos Aires y Barcelona.

Hemos experimentado que nada importante ocurre sin que exista una visión. A la vez, una visión sin propósito, sin vocación, es sólo una buena idea.

Es muy expresiva la exclamación de Macbeth: ruido y furia que nada significan.

La visión es genuina y plural. El entorno de cada uno suele influir en nuestra visión. Normalmente a la mayoría de personas les cuesta identificar y hablar de sus visiones. Porque tenemos miedo de la brecha entre nuestra auténtica visión y la realidad. La chica argentina ya había pensado que quería grabar un disco, venderlo y promocionarlo con actuaciones en directo pero le dominaba la necesidad de trabajar en otras cosas.

Otro decía en un taller: me gustaría independizarme y crear mi propia empresa pero no tengo suficientes ahorros todavía. Otra, en el mismo taller, quiero estudiar Historia del Arte aunque no estoy muy decidida, me dicen que tiene muy pocas oportunidades de trabajo.
Sus brechas les crean un estado de desaliento, llegan a temer y pensar que son fantasiosas. Pueden llegar a desecharlas o angustiarse.

Es muy normal que te sientas inseguro para expresar tu visión. Se necesita normalmente mucho coraje para mantener visiones que no congenian con el tono general de nuestro entorno. Otras veces, porque la brecha entre visión y realidad es muy grande.

Pero precisamente este coraje es el que distingue a las personas de alto nivel de dominio propio.
Como dicen los japoneses acerca del gran maestro: ni siquiera el espesor de un cabello se interpone entre su visión y su acción.

¿A qué se refiere la realidad actual?

La realidad actual es la contestación a la segunda pregunta:

¿Tienes conciencia clara de tu realidad actual?

La realidad actual se refiere a ti y tu entorno, tus recursos, tu impotencia y tus posibilidades:

¿Qué tienes? ¿Qué te falta? ¿Dónde estás? ¿Dónde quieres ir? ¿Cómo te encuentras?

El proceso de toma de conciencia de tu realidad actual verdadera, es fundamental para establecer las estrategias adecuadas para atraer tu visión, alcanzar tus objetivos y desarrollar tu dominio personal.

Para identificar tu realidad actual hemos diseñado un proceso que te ayudará a encontrar recursos, aprender donde estás en cada momento, cuáles son tus sentimientos en relación al objetivo deseado y lo que también es muy importante, lo que te lo impide, el conflicto estructural. Hay que indagar para saber la verdad, la realidad más real posible. Todo esto es muy importante. Tu realidad actual es la base de toda estrategia orientada a alcanzar tu visión.

¿Qué es lo que produce la tensión creativa?

La brecha es la que produce la tensión creativa, una fuente de energía creativa.

Como hemos dicho, constituye la esencia del dominio personal. Integra todos los elementos de esta disciplina fundamental.

La brecha determina las acciones para moverse hacía la visión.

En nuestros talleres utilizamos la metáfora de la banda elástica, una banda de goma estirándola entre dos dedos, uno de cada mano, que representan el de la derecha la visión y el de la izquierda la realidad actual.

Al estirarse se produce una tensión: ¿Qué tendencia tiene esta tensión?

La de su disminución y anulación. ¿Cómo podemos eliminarla o reducirla?

De dos maneras: Acercando la realidad actual hacia la visión o la visión hacia la realidad actual. Lo que ocurra depende de ti.

La tensión creativa es uno de los principios clave del dominio personal.

Sin embargo, muchas personas, coaches, otros profesionales del comportamiento humano, consejeros, padres, todavía no han comprendido que la tensión creativa no implica ansiedad, angustia ni estrés. Es una fuerza que inicia su actuación cuando tomamos conciencia de la brecha entre la visión y la realidad actual sin ninguna sensación especial. Mucha gente cree que el proceso creativo consiste en sufrir un estado de ansiedad y estrés.

Hemos podido comprobar que la tensión emocional, que puede surgir, no constituye la tensión creativa. La tensión creativa no produce ningún estado de este tipo. Al contrario, produce un estado creativo que cambia la tensión emocional y también otros estados.

Si no llegamos a entenderlo pueden disponernos a rebajar la visión. Cuando estamos insatisfechos, ante una visión, podemos sentir el impulso de aligerar la carga. Su remedio es inmediato: rebajar la visión. Podríamos poner muchos ejemplos que comprobamos en sesiones y talleres con comentarios típicos. De esta manera es muy fácil reducir la tensión emocional pero el precio es muy caro: el abandono de tu visión, lo que realmente te importa.

 

 

 

28/07/2008 16:18 Autor: S.COACHING. #. Tema: ARTICULOS EN LA RED INTERESANTES No hay comentarios. Comentar.

NUEVO CURSO .I NIVEL INTRODUCCION AL COACHING

PROGRAMA

1.                  ¿Quién es un coach?

2.                  ¿Qué no somos?

3.                  ¿Cuál es nuestra función?

4.                  ¿Qué es el coaching?

5.                  Como actúa

6.                  ¿A quién va dirigido? .

7.                  Beneficios

8.                  Herramientas

Las emociones

9.              Qué es la inteligencia emocional?

10.            La mente humana, consciente del éxito

11.            Las ocho etapas del coaching

12.            Estamos diseñados para el éxito

13.            Conclusiones, caso práctico. Prueba de evaluación

 

 

Virginia Vázquez

Dirección y Gestión de Empresa

Naturópata

Experto en Coaching empresarial y personal.

Graduado Social (Universidad de Vigo).

Perito Naturopático.

Asesora en Estimulación Positiva

Colegiado FENACO 2516

 

 

  • Este curso tiene como objetivo introducir al alumno en la historia del coach y sus premisas básicas para llegar a alcanzar las metas pre-establecidas..
  • Precio 120 euros
  • Curso completo
  • Material
  • Expedición de certificación
  • Inscripción en registros especializados y bases de datos de profesionales
  • I nivel
  • Actualizaciones legislativas
  • Asesoramiento profesional

 

28/07/2008 16:19 Autor: S.COACHING. #. Tema: CURSOS Hay 1 comentario.

La ONG, vinculada a FENACO, Naturópatas en Acción está realizando un proyecto formativo en Bolivia 

Pedro San Lázaro, miembro de la Junta Directiva de FENACO se encuentra junto un equipo de cooperantes en Bolivia realizando un proyecto educativo dedicado a la formacion de promotores naturopáticos y profesionales naturópatas, desde su propio ámbito sociocultural y ecosocial, y desde la recuperacion de tradiciones de salud adecuandola a la realidad cientifica; todo ello con el objetivo de potenciar el ejercicio profesional de la Naturopatía como actividad laboral y profesional con reconocimiento propio y dignificando su actividad, dejando de lado cualquier concepto de marginalidad tanto desde el punto de vista cultural como laboral, a la vez generar una labor de compromiso con los mas desfavorecidos y su paulatina toma de conciencia de la realidad de su pais.

Sobre la ONG Natrópatas en Acción

El propósito de nuestra ONG es llevar nuestros conocimientos allí donde la necesidad se hace imperante y los recursos mínimos o prácticamente inexistentes. Formando profesionales naturópatas conseguimos que puedan utilizar sus propios recursos para salir de la situación que actualmente se encuentran, y que estas gentes tengan la posibilidad de un desarrollo en todos los ámbitos ya sean sociales, sanitarios y culturales.

Con tu colaboración se hará posible que esta idea se convierta en realidad, nuestro proyecto ya ha llegado a Bolivia y necesitamos de tu ayuda para seguir trabajando en él y llevarlo a su total realización

Como colaborar

- Participar como socio - colaborador con Naturopatas en Acción, domiciliando tu cuota mensual o anual

- Participar con un donativo a Naturópatas en Acción en la c/c 30580266202720004278 (Cajamar).

- Participar como voluntario en las actividades programadas

Para más información dirigirse a naturopatasenaccion@linneo.net

Noticias relacionadas

La ONG, vinculada a FENACO, Naturópatas en Acción consolida el proyecto formativo en Bolivia
FENACO colaborara en un proyecto de Educación y Promociòn de la Salud siguiendo el criterio naturopático de autogestión de la salud.
La ONG Naturópatas Sin Fronteras, entidad vinculada a FENACO esta colaborando con el proyecto CENPROVINA
La Naturopatía proporciona una asistencia ecológicamente sostenible
Encuentro Solidario entre FENACO, la ONG Naturópatas en Acción y APROCSAL
FENACO organiza el estand en Biocultura con la ONG Naturópatas en Acción

30/07/2008 18:48 Autor: S.COACHING. #. Tema: ARTICULOS EN LA RED INTERESANTES No hay comentarios. Comentar.


Plantilla basada en http://blogtemplates.noipo.org/

Blog creado con Blogia. Derechos de autor con . Estadísticas. Suscribir RSS. Admin.
Blogia apoya: Fundación Josep Carreras; Emprendedor ven a Iniciador Aragón.